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sábado, 2 de julio de 2011

Un experimento con Funes 003 (3.0.0)


Acabo de terminar de escribir directamente sobre el editor del blog los párrafos que aumentaron la hasta ahora intacta sección 1 del ensayo:
Es un buen momento para entrar en precisiones. Por ejemplo, volvamos al primer corolario hipotético del experimento, para matizarlo: nuestro Funes diletante no podrá distinguir por su contenido (o por su aspecto, apariencia, manifestación, composición, definición o como se lo prefiera llamar) entre las voces que está percibiendo y las que está recordando, si ambas cosas las hace a la perfección, sin desperdicio. Pero esa identidad no es la única en juego; todavía las podría distinguir por sus diferentes tiempos (lo escuchado va en simultáneo, o casi, mientras lo recordado va en diferido y siempre viene después) y/o por sus diferentes locaciones o procedencias (lo escuchado reside o se elabora en la percepción; lo recordado, en la memoria).
Redundo. Si el escuchar como recuerda y recordar como escucha le impide a Funes saber si está haciendo una cosa o la otra, es que no ha podido retener las diferencias que esos hechos presentan entre sus coordenadas identificatorias (situacionales: sus direcciones), o sea, entre sus rasgos de evento característicos (cuándo y dónde se hace una cosa y la otra).
Por un lado, no sé si el “olvido” de estas diferencias es la causa o es el efecto de la ilusión de mismidad que produce la otra identidad, la que existe entre los contenidos o la composición de una percepción y un recuerdo perfectos, infalibles; como sea, ese olvido y esa ilusión son solidarios. Por otro lado, nada se puede saber de esos datos distintivos escudriñando y comparando internamente las voces a las que se aplican, analizándolas, cartografiándolas; son meta-datos, informaciones sobre la existencia y la ocurrencia de esas voces, que por lo demás son idénticas (en razón de ser igual de escuchables que de evocables –igual de registrables que de reproducibles–, y en grado absoluto).

Antes de seguir, permutemos voces por archivos, para volver a la comparación más útil que se me ocurre para hablar sobre lo mismo y lo otro o lo idéntico y lo diferente. Dos archivos de texto pueden tener la misma cantidad de caracteres, pueden incluso tener los mismos caracteres, y pueden también tenerlos en el mismo orden; en resumen, pueden ser archivos de texto idénticos. Pero nunca pueden tener el mismo nombre completo al mismo tiempo: es decir, la misma dirección, el mismo path o ruta de acceso, la misma ubicación en la misma unidad de almacenamiento. (En tiempos diferentes, sí, como cuando restituimos un archivo de la Papelera de Reciclaje.) Esa imposibilidad hace de cualquier mismidad una diferencia irreductible, siempre referida al evento de una existencia (la de un archivo o una voz) en relación con otro contemporáneo.


La sección 2 tuvo cambios comparativamente menores. Por un lado, antes el último párrafo decía esto:
Son los mismos meta-datos que Funes necesita no olvidar para poder comparar desde recuerdos disímiles y distantes –como los del último epígrafe– hasta una experiencia en curso y el recuerdo en desarrollo de una experiencia idéntica. (Si Funes no los pudiera diferenciar y comparar, siquiera para decir que son idénticos, le resultarían indiscernibles: para su inteligencia o comprensión serían una y la misma cosa, lo que no sería una buena respuesta en aquellas situaciones donde ese discernimiento ahorrado fuese decisivo, donde esa confusión resultase perjudicial, tal vez incluso letal –como las que hacen mérito para un premio Darwin.)

Ahora dice esto:
Son los mismos meta-datos que Funes necesita no olvidar para poder comparar desde recuerdos disímiles y distantes –como los del segundo epígrafe– hasta una experiencia en curso y el recuerdo en desarrollo de una experiencia idéntica. Y a la inversa: si a éstos Funes no los pudiera diferenciar y comparar, siquiera para decir que son idénticos, se le impondrían indiscernibles: para su inteligencia o comprensión serían una y la misma cosa. (Una respuesta así fracasará en aquellas situaciones donde ese discernimiento ahorrado sea decisivo, donde esa confusión resulte perjudicial, tal vez incluso letal –como las que hacen mérito para un premio Darwin.)

Por otro lado, también alteré el orden de lo que demostrará Cantor sobre el final del segundo plano de inscripción anidado (segundo asterisco), para ligarlo mejor con la continuación del primer plano, donde está la cita de Russell. Antes decía esto:
Siglos más tarde, Georg Cantor demostrará que los conjuntos infinitos no son absurdos por ser equipotentes a un subconjunto propio, sino precisamente infinitos en razón de ello; y que no les deja de ser aplicable la Ley de la Tricotomía (por la cual dados cualesquiera dos de ellos, o son del mismo tamaño o uno es mayor o menor que el otro).

Ahora dice esto:
Siglos más tarde, Georg Cantor demostrará que a los conjuntos infinitos no les deja de ser aplicable la Ley de la Tricotomía (por la cual dados cualesquiera dos de ellos, o son del mismo tamaño o uno es mayor o menor que el otro). Y que no son absurdos por ser equipotentes a un subconjunto propio, sino precisamente infinitos en razón de ello.


PD de las 16:21h. Acabo de retocar la última frase de la sección 1. Ahora dice así:
Esa imposibilidad, que define un principio de mismidad, produce una diferencia irreductible, siempre referida al evento de una existencia (la de un archivo o una voz, por ejemplo) en relación con otro contemporáneo.

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